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Aplicabilidad Condiciones de Eumedianet
Las Condiciones de Eumedianet consisten en el módulo general en cuestión y los siguientes módulos específicos separados:
- Desarrollo de software
- Mantenimiento del software
- Provisión de servicios de aplicaciones, software como servicio y servicios de computación
- Consultoría, asesoría y gestión de proyectos
- Otros servicios
- Venta de equipo de TIC, telecomunicaciones y de oficina y otros artículos
- Mantenimiento de equipo de TIC, telecomunicaciones y de oficina
General
1.2 Este módulo general de las condiciones de Eumedianet se aplica a todas las ofertas y acuerdos por los que el proveedor entrega bienes y/o servicios de cualquier naturaleza y bajo cualquier nombre al cliente. El módulo o módulos específicos de las Condiciones de Eumedianet que se acuerden entre el proveedor y el cliente también son aplicables. Si este módulo general de las Condiciones de Eumedianet entra en conflicto o es incompatible con lo estipulado en el módulo o módulos específicos de las Condiciones de Eumedianet acordadas entre el proveedor y el cliente, prevalecerá en el módulo o módulos específicos correspondientes.
1.3 Cuando en las Condiciones de Eumedianet se utilice el término "condiciones generales", se entenderá que las disposiciones de este módulo general se combinan con las disposiciones de uno o más módulos específicos acordados de las Condiciones de Eumedianet.
1.4 Las desviaciones y adiciones a estas condiciones generales sólo serán válidas si se acuerdan por escrito entre las partes.
1.5 Se rechaza explícitamente la aplicabilidad de las condiciones de compra u otras condiciones del cliente.
1.6 Si alguna de las disposiciones de estas condiciones generales es nula o se anula, las demás disposiciones de estas condiciones generales permanecerán en pleno vigor. En ese caso, el Proveedor y el Cliente se consultarán con el fin de acordar nuevas disposiciones para reemplazar las disposiciones anuladas o anuladas, teniendo en cuenta el propósito y la intención de las disposiciones anuladas o anuladas.
- Ofertas
2.1 Todas las ofertas y otras expresiones del proveedor son sin compromiso, a menos que el proveedor haya indicado lo contrario por escrito.
2.2 El cliente garantiza la corrección y la integridad de la información proporcionada al proveedor por o en nombre del proveedor en la que éste basa su oferta. El cliente siempre tiene el máximo cuidado de que los requisitos que debe cumplir la actuación del proveedor sean correctos y completos. Las medidas y datos indicados en los dibujos, imágenes, catálogos, páginas web, ofertas, material publicitario, hojas de normalización, etc. no son vinculantes para el proveedor, a menos que éste indique explícitamente lo contrario.
- Precio y pago
3.1 Todos los precios no incluyen el impuesto sobre el volumen de negocios (IVA) ni otros gravámenes que son o serán impuestos por el gobierno. A menos que se acuerde lo contrario, todos los precios son siempre en euros y el cliente debe pagar todos los pagos en euros.
3.2 Todos los cálculos y presupuestos preliminares emitidos por el proveedor son sólo indicativos, a menos que el proveedor haga una notificación diferente por escrito. El cliente nunca podrá derivar ningún derecho o expectativa de un cálculo o presupuesto preliminar emitido por el proveedor. Un presupuesto disponible dado a conocer por el Cliente al Proveedor nunca se aplicará como un precio (fijo) acordado entre las partes para las prestaciones a realizar por el Proveedor. Sólo si se ha acordado por escrito entre las partes, el proveedor está obligado a informar al cliente si se supera el presupuesto o el presupuesto del proveedor.
3.3 En caso de que el cliente esté formado por varias personas físicas y/o jurídicas, cada una de ellas deberá pagar de forma conjunta y solidaria las cantidades adeudadas por el acuerdo.
3.4 En relación con los servicios prestados por el proveedor y las cantidades adeudadas por el cliente, los documentos y datos pertinentes de la administración o los sistemas del proveedor proporcionan una prueba completa, sin perjuicio del derecho del cliente a aportar pruebas en contrario.
3.5 En el caso de una obligación de pago periódica del cliente, el proveedor tendrá derecho a ajustar por escrito los precios y tarifas aplicables en un plazo de al menos tres meses. Si el cliente no está de acuerdo con dicho ajuste, tendrá derecho a rescindir el contrato por escrito en un plazo de treinta días a partir de la notificación de la fecha en que el ajuste entraría en vigor. Sin embargo, el cliente no concede dicho derecho de rescisión si se ha acordado entre las partes que los precios y tarifas aplicables se ajustarán de acuerdo con un índice u otra norma acordada entre las partes. La indexación anual fija (IPC) no está sujeta a la obligación de notificación y se aplica automáticamente cada año el 1 de enero, salvo que se acuerde lo contrario con el cliente.
3.6 Las partes registrarán en el contrato la fecha o fechas en las que el proveedor cobra al cliente el honorario por los servicios acordados. Los importes debidos son pagados por el cliente según las condiciones de pago acordadas o en la factura. A falta de un acuerdo específico, el cliente pagará en un plazo que será determinado por el proveedor después de la fecha de la factura. El Cliente no tiene derecho a suspender ningún pago o a compensar las cantidades adeudadas.
3.7 Si el cliente no paga las cantidades debidas o no lo hace a tiempo, el cliente adeudará los intereses comerciales legales sobre la cantidad pendiente, sin que se requiera ninguna demanda de pago o notificación de incumplimiento. Si el cliente sigue siendo negligente después del pago o de la notificación de mora en el pago de la reclamación, el proveedor puede entregar la reclamación, en cuyo caso el cliente, además del importe total adeudado, también está obligado a pagar todos los costes judiciales y extrajudiciales, incluidos todos los costes calculados por expertos externos.
- Confidencialidad y personal de absorción
4.1 El Cliente y el Proveedor se asegurarán de que todos los datos recibidos de la otra parte que sean o deban ser razonablemente conocidos como de naturaleza confidencial permanezcan en secreto. La parte que recibe los datos confidenciales sólo los utilizará para el propósito para el que fueron proporcionados.
En cualquier caso, la información se considerará confidencial si ha sido designada como tal por una de las partes.
4.2 Cada una de las partes, durante la vigencia del contrato, así como un año después de su finalización, sólo con el consentimiento previo y por escrito de la otra parte, empleará a empleados de la otra parte que estén o hayan estado involucrados en la ejecución del contrato que, directa o indirectamente, los deje trabajar para sí mismos. Este permiso puede estar sujeto a condiciones.
- Privacidad, procesamiento de datos y seguridad
5.1 Si el proveedor considera que esto es importante para la ejecución del acuerdo, el cliente informará inmediatamente, si así lo solicita, al proveedor por escrito sobre la manera en que el cliente cumple con sus obligaciones según la legislación en el ámbito de la protección de datos personales.
5.2 El cliente indemnizará al proveedor por las reclamaciones de las personas cuyos datos personales estén registrados o procesados en el contexto de un registro personal del cliente o del que el cliente sea responsable de otra manera en virtud de la ley, a menos que el cliente demuestre que los hechos en los que se basa la reclamación deben atribuirse exclusivamente al proveedor.
5.3 La responsabilidad de los datos procesados utilizando un servicio proporcionado por el proveedor recae exclusivamente en el cliente. El comitente garantiza al proveedor que el contenido, el uso y/o el procesamiento de los datos no son ilegales y no infringen ningún derecho de terceros. El comitente exime al proveedor de cualquier reclamación legal de terceros, por cualquier motivo, en relación con estos datos o la ejecución del contrato.
5.4 Si el proveedor está obligado, en virtud del acuerdo, a proporcionar una forma de seguridad de la información, dicha seguridad deberá cumplir con las especificaciones relativas a la seguridad acordadas por escrito entre las partes. El proveedor nunca garantiza que la seguridad de la información sea efectiva en todas las circunstancias. Si en el acuerdo falta una seguridad explícitamente descrita, la seguridad cumplirá un nivel que, en vista del estado de la tecnología, la sensibilidad de los datos y los costes asociados a la seguridad no sea irrazonable.
5.5 Si en la ejecución del contrato o de cualquier otra forma se utilizan medios informáticos, de datos o de telecomunicaciones, el proveedor estará autorizado a asignar al cliente códigos de acceso o de identificación. El proveedor tiene derecho a cambiar los códigos de acceso o identificación asignados. El Cliente tratará los códigos de acceso e identificación de forma confidencial y con cuidado y sólo lo dará a conocer a los miembros del personal autorizados. El proveedor nunca se hace responsable de los daños o costes que resulten del uso o abuso que de los códigos de acceso o identificación se haga, a menos que el abuso haya sido posible como resultado directo de un acto u omisión del proveedor.
- Reserva de propiedad y derechos, formación de casos y suspensión
6.1 Toda la mercancía suministrada al cliente será propiedad del proveedor hasta que todas las cantidades adeudadas por el cliente al proveedor sobre la base del acuerdo celebrado entre las partes hayan sido pagadas en su totalidad al proveedor. El cliente que actúe como revendedor estará autorizado a vender y revender todos los artículos sujetos a la reserva de propiedad del proveedor, siempre que esto sea habitual en el contexto del desarrollo normal de su negocio. Si el cliente (parcialmente) de la mercancía suministrada por el proveedor forma un nuevo artículo, el cliente sólo constituirá el artículo para el proveedor y el cliente conservará el nuevo artículo formado para el proveedor hasta que el cliente haya pagado todas las cantidades adeudadas en base al acuerdo; en ese caso, el proveedor seguirá siendo el propietario del nuevo artículo formado hasta el momento del pago completo por parte del cliente.
6.2 Las consecuencias del derecho de propiedad de la reserva de propiedad de un objeto destinado a la exportación se regirán por el derecho del Estado de destino si este derecho contiene disposiciones más favorables para el proveedor.
6.3 Los derechos, incluidos los cargos de usuario, se concederán o transferirán al cliente, si procede, a condición de que el cliente haya pagado en su totalidad todos los honorarios adeudados por el acuerdo celebrado entre las partes. Si las partes han acordado una obligación de pago periódico del cliente para el otorgamiento de un derecho de uso, el cliente tendrá derecho a dicho derecho siempre y cuando cumpla con su obligación de pago periódico.
6.4 El proveedor podrá retener los bienes, productos, derechos de propiedad, datos, documentos, software, archivos de datos y resultados (provisionales) de los servicios del proveedor recibidos o generados en el marco del acuerdo, a pesar de la obligación existente de entrega o transferencia, hasta que el cliente haya pagado todas las cantidades adeudadas al proveedor.
- Riesgo
7.1 El riesgo de pérdida, robo, apropiación indebida o daño de los artículos, productos, datos, documentos, software, archivos de datos o datos (códigos, contraseñas, documentación, etc.) que se fabriquen o utilicen en el marco de la ejecución del contrato, pasará al cliente en el momento en que éstos se pongan a su disposición efectiva o a la de una persona auxiliar del cliente. En la medida en que estos objetos estén en poder de la disposición real del proveedor o de las personas auxiliares del proveedor, el proveedor asume el riesgo de pérdida, robo, malversación o daño.
- Derechos de propiedad intelectual
8.1 Si el proveedor está dispuesto a comprometerse a la transferencia de un derecho de propiedad intelectual, tal compromiso sólo puede ser asumido explícitamente y por escrito. Si las partes acuerdan por escrito que se transferirá al cliente un derecho de propiedad intelectual sobre el software desarrollado específicamente para el cliente, las páginas web, los archivos de datos, los equipos u otros materiales, ello no afecta al derecho o a la posibilidad del proveedor de cumplir con dicho desarrollo. componentes subyacentes, principios generales, ideas, diseños, algoritmos, documentación, obras, lenguajes de programación, protocolos, estándares y similares, sin ninguna restricción para otros fines de uso y/o explotación, ya sea para sí mismo o para terceros. La transferencia de un derecho de propiedad intelectual tampoco afecta al derecho del proveedor a realizar para sí mismo o para un tercero desarrollos similares o derivados de los que se han realizado o se están realizando en beneficio del cliente.
8.2 Todos los derechos de propiedad intelectual sobre el software, las páginas web, los archivos de datos, los equipos u otros materiales como análisis, diseños, documentación, informes, ofertas, así como el material preparatorio desarrollado por el cliente o puesto a su disposición, son propiedad exclusiva del proveedor. sus licenciadores o sus proveedores. El cliente sólo obtiene los derechos de uso expresamente concedidos con estas condiciones generales y la ley. El derecho de uso del cliente no es exclusivo, no es transferible a terceros y no puede ser sublicenciado.
8.3 El cliente no está autorizado a eliminar o cambiar ninguna designación relativa a la naturaleza confidencial o relativa a los derechos de autor, marcas comerciales, nombres comerciales o cualquier otro derecho de propiedad intelectual del software, sitios web, archivos de datos, equipos o materiales.
8.4 Aunque el contrato no lo prevea expresamente, el proveedor está autorizado a adoptar disposiciones técnicas para proteger el software, el equipo, los archivos de datos, las páginas web y demás en relación con una restricción acordada del contenido o la duración del derecho a utilizar estos objetos. Nunca se permitirá al cliente que se retire o se eluda dicha instalación técnica.
8.5 El proveedor indemnizará al cliente por cualquier reclamación legal de un tercero que se base en la afirmación de que el software, las páginas web, los archivos de datos, el equipo u otros materiales desarrollados por el proveedor infringen un derecho de propiedad intelectual de dicho tercero, siempre que el cliente proveedor informe inmediatamente por escrito sobre la existencia y el contenido de la reclamación legal y la tramitación del caso, incluida la realización de cualquier liquidación, que se deja totalmente en manos del proveedor. El comitente proporcionará al contratista los poderes, la información y la cooperación necesarias para ello, si es necesario en nombre del comitente, contra estas reclamaciones legales.
para defender. Esta obligación de indemnizar caduca si la infracción está relacionada (i) con los materiales puestos a disposición por el cliente para su uso, procesamiento, elaboración o incorporación al proveedor, o (ii) con los cambios realizados por el cliente en el software, sitio web sin el consentimiento escrito del proveedor. La empresa tiene archivos de datos, equipos u otros materiales aplicados por un tercero. Si es irrevocable ante un tribunal que el software, los sitios web, los archivos de datos, el equipo u otros materiales desarrollados por el propio proveedor infringen cualquier derecho de propiedad intelectual que pertenezca a un tercero o si el proveedor cree que existe una posibilidad razonable de que se produzca tal infracción, el proveedor deberá, si es posible, garantizar que el cliente pueda seguir utilizando el software, los sitios web, los archivos de datos, el equipo o los materiales suministrados, o funcionalmente equivalentes. Queda excluida cualquier otra obligación de indemnizar al proveedor.
8.6 El cliente garantiza que ningún derecho de terceros se opone a la puesta a disposición del proveedor de equipos, software, material destinado a sitios web (material visual, texto, música, nombres de dominio, logotipos, hipervínculos, etc.), archivos de datos u otros materiales, incluido el material de diseño, con el fin de utilizarlos, procesarlos, instalarlos o incorporarlos (por ejemplo, en un sitio web). El cliente indemniza al proveedor por cualquier reclamación de un tercero que se base en la afirmación de que dicha puesta a disposición, uso, procesamiento, instalación o incorporación infringe cualquier derecho de dicho tercero.
- Obligaciones de cooperación
9.1 Las Partes reconocen que el éxito de las actividades en el campo de la tecnología de la información y las comunicaciones depende en general de una cooperación mutua adecuada y oportuna. Con el fin de hacer posible una ejecución adecuada del acuerdo por parte del proveedor, el cliente siempre proporcionará oportunamente todos los datos o información que el proveedor considere útiles, necesarios y deseables y prestará plena colaboración. En caso de que el cliente emplee su propio personal y/o personal auxiliar en el marco de la prestación de la cooperación en la ejecución del contrato, este personal y estas personas auxiliares dispondrán de los conocimientos, la pericia y la experiencia necesarios.
9.2 El cliente asume el riesgo de la selección, uso, aplicación y gestión en su organización de los equipos, software, sitios web, archivos de datos y otros productos y materiales, así como de los servicios a prestar por el proveedor. El Cliente mismo asegura la correcta instalación, montaje y puesta en marcha, así como la correcta configuración de los equipos, software, páginas web, archivos de datos y otros productos y materiales.
9.3 Si el cliente no pone a disposición del proveedor los datos, documentos, equipos, software, materiales o empleados que se consideren útiles, necesarios o convenientes para la ejecución del acuerdo, o no lo hace a tiempo o no de acuerdo con los acuerdos, o si el cliente no cumple con sus obligaciones, el proveedor tiene el derecho de suspender total o parcialmente la ejecución del acuerdo y el proveedor también tiene el derecho de cobrar los costes resultantes según sus tarifas habituales, todo ello sin perjuicio del derecho del proveedor a ejercer desde cualquier otro derecho legal y/o acordado.
9.4 En el caso de que los empleados del proveedor lleven a cabo trabajos en el lugar del cliente, el cliente proporcionará las instalaciones que razonablemente necesiten dichos empleados, tales como un espacio de trabajo con instalaciones informáticas, de datos y de telecomunicaciones. El espacio de trabajo y las instalaciones cumplirán con todos los requisitos legales y de otro tipo aplicables en relación con las condiciones de trabajo. El cliente indemniza al proveedor por las reclamaciones de terceros, incluidos los empleados del proveedor, que sufran daños en relación con la ejecución del acuerdo como resultado de actos u omisiones del cliente o de situaciones inseguras en su organización. El Cliente dará a conocer las normas de vivienda y seguridad aplicables dentro de su organización a los empleados desplegados por el Proveedor antes del comienzo del trabajo.
9.5 Si en la ejecución del contrato se utilizan instalaciones informáticas, de datos o de telecomunicaciones, incluido Internet, el cliente es responsable de la correcta elección de los recursos necesarios para ello y de la disponibilidad oportuna y completa de los mismos, excepto en el caso de aquellas instalaciones que estén sujetas al uso y gestión directa del proveedor. El proveedor nunca se responsabiliza de los daños o costes debidos a errores de transmisión, fallos de funcionamiento o falta de disponibilidad de estas instalaciones, a menos que el cliente demuestre que estos daños o costes son el resultado de la intención o imprudencia deliberada de la dirección del proveedor.
- Condiciones de entrega
10.1 Todo lo mencionado o acordado por el proveedor
Los plazos y las fechas (de entrega) se han determinado según su leal saber y entender sobre la base de la información que conocía en el momento de la celebración del acuerdo. Las fechas intermedias (de entrega) mencionadas por el proveedor o acordadas entre las partes siempre se aplican como fechas límite, el proveedor no es vinculante y siempre tiene sólo un carácter indicativo. El Proveedor hará esfuerzos razonables para cumplir en la medida de lo posible con los plazos (de entrega) y la mayoría de las fechas (de entrega) . El proveedor no está obligado por un plazo de entrega, sea o no definitivo o una fecha de plazo de entrega (entrega) que ya no pueda cumplirse debido a circunstancias ajenas a su voluntad que hayan ocurrido después de la celebración del acuerdo. El proveedor tampoco está obligado por una fecha final o de entrega o por otra fecha de entrega si las partes modifican el contenido o el alcance del acuerdo (trabajos adicionales, cambios en las especificaciones, etc.) o si se ha acordado la modificación del enfoque de la aplicación del acuerdo. Si existe el riesgo de exceder cualquier plazo, el proveedor y el cliente se consultarán para discutir las consecuencias de la superación para la planificación posterior.
10.2 El mero hecho de que se exceda un plazo o una fecha de entrega acordados por el proveedor o acordados entre las partes no implica que el proveedor esté en mora. En todos los casos - por lo tanto, también en el caso de que las partes hayan acordado explícitamente por escrito un plazo (de entrega) final o una fecha (de entrega) - el proveedor sólo estará en mora a causa del plazo después de que el cliente le haya notificado por escrito la mora. La notificación de incumplimiento debe contener una descripción lo más completa y detallada posible de la deficiencia, de modo que el proveedor tenga la oportunidad de responder adecuadamente.
- Disolución y cancelación del acuerdo
11.1 La facultad de disolver el contrato por un defecto atribuible al cumplimiento del mismo sólo se concederá a cada una de las partes si la otra parte, siempre en todos los casos, después de haber recibido la notificación escrita de incumplimiento más detallada con un plazo razonable para la depuración del contrato. el defecto, atribuible al cumplimiento de las obligaciones esenciales del contrato. Las obligaciones de pago del cliente y todas las demás obligaciones de cooperación del cliente o de un tercero que sea contratado por el cliente siempre se aplican como obligaciones esenciales del acuerdo.
11.2 Si el cliente ya ha recibido prestaciones para el cumplimiento del contrato en el momento de la disolución como se menciona en el artículo 11.1, estas prestaciones y la obligación de pago asociada no estarán sujetas a cancelación, a menos que el cliente demuestre que el proveedor está en relación con la parte esencial del contrato. que el cumplimiento está en mora. Los importes facturados por el proveedor antes de la disolución en relación con lo que ya ha realizado o entregado en ejecución del contrato seguirán siendo pagaderos en su totalidad con la debida observancia de la sentencia anterior y serán inmediatamente exigibles y pagaderos en el momento de la disolución.
11.3 Si un acuerdo que por su naturaleza y contenido no termina con la finalización, se ha celebrado por un período de tiempo indefinido, puede ser rescindido por escrito por cualquiera de las partes después de una consulta adecuada y de la indicación de los motivos. Si no se ha acordado un plazo de preaviso entre las partes, deberá observarse un plazo razonable en la terminación. Las partes no estarán nunca obligadas a pagar ninguna compensación por la terminación.
11.4 El cliente nunca tendrá derecho a rescindir un acuerdo de prestación de servicios o de cesión que se haya celebrado por un período de tiempo determinado.
11.5 Cada una de las partes puede rescindir el contrato por escrito sin notificación de incumplimiento con efecto inmediato si se concede a la otra parte una moratoria, ya sea provisionalmente o no, si se presenta una quiebra con respecto a la otra parte, si se liquida o rescinde la empresa de la otra parte con fines distintos a la reconstrucción o fusión de empresas, o si cambia el control decisivo sobre el negocio del cliente. El proveedor nunca es responsable de esta terminación a cualquier reembolso de fondos ya recibidos o para pagar los daños y perjuicios. En caso de quiebra del cliente, el derecho a utilizar el software, los sitios web y similares puestos a disposición del cliente se extinguirá por efecto de la ley.
- Responsabilidad del proveedor
12.1 La responsabilidad total del proveedor debido a una deficiencia atribuible en el cumplimiento del acuerdo o cualquier otra razón, incluyendo explícitamente también cualquier deficiencia en el cumplimiento de una obligación de garantía acordada con el cliente, está limitada a la compensación de los daños directos hasta el importe del precio estipulado para ese acuerdo (sin IVA). Esta limitación de responsabilidad se aplica mutatis mutandis a la obligación de indemnización del proveedor a la que se refiere el artículo 8.5 de este módulo general. Si el contrato es esencialmente uno
contrato con una duración de más de un año, el contrato se estipulará el precio sobre el total de los honorarios (sin IVA) estipulados para un año. En ningún caso la responsabilidad total del proveedor por daños directos, por el motivo que sea, excederá de 500.000 euros (quinientos mil euros).
12.2 La responsabilidad del proveedor por los daños causados por muerte, lesiones físicas o por daños materiales a los objetos no excederá nunca de 1.250.000 euros (un millón doscientos cincuenta mil euros).
12.3 Queda excluida la responsabilidad del proveedor por daños indirectos, pérdidas consecuenciales, pérdida de beneficios, pérdida de ahorros, pérdida de fondo de comercio, pérdida por estancamiento de la actividad empresarial, daños por reclamaciones de clientes, daños relacionados con el uso de mercancías, materiales o software de terceros y daños relacionados con el uso de los proveedores especificados por el proveedor al proveedor. También se excluye la responsabilidad del proveedor por la mutilación, destrucción o pérdida de datos o documentos.
12.4 Las exclusiones y limitaciones de la responsabilidad del proveedor, descritas en los párrafos anteriores del presente artículo 12, se entienden sin perjuicio de las demás exclusiones y limitaciones de la responsabilidad del proveedor en virtud del presente módulo general y de los demás módulos convenidos de las presentes condiciones generales.
12.5 Las exclusiones y limitaciones mencionadas en el artículo 12.1 hasta 12.4 inclusive prescribirán si y en la medida en que el daño sea el resultado de una intención o imprudencia deliberada por parte de la dirección del proveedor.
12.6 A menos que el cumplimiento del proveedor sea permanentemente imposible, la responsabilidad del proveedor sólo surge por una deficiencia imputable en el cumplimiento de un acuerdo si el cliente le notifica inmediatamente por escrito al proveedor la demora, con lo cual se establece un plazo razonable para la eliminación de la deficiencia, y el proveedor también después de ese plazo sigue siendo responsable de las fallas en el cumplimiento de sus obligaciones. La notificación de incumplimiento debe contener una descripción lo más completa y detallada posible de la deficiencia, de modo que el proveedor tenga la oportunidad de responder adecuadamente.
12.7 La condición para la existencia de cualquier derecho de compensación es siempre que el cliente informe por escrito al proveedor de los daños tan pronto como sea posible después de que se produzcan. Toda reclamación de indemnización contra el proveedor caducará por el mero hecho de que transcurran veinticuatro meses desde que surgió la reclamación.
12.9 El comitente libera al contratista de todas las reclamaciones de terceros por responsabilidad del producto como consecuencia de un defecto en un producto o sistema suministrado por el comitente a un tercero y que también ha sido fabricado por el contratista.
12.10 Las disposiciones de este artículo y todas las demás limitaciones y exclusiones de responsabilidad mencionadas en estas condiciones generales se aplicarán a favor de todas las personas (jurídicas) a las que el proveedor se comprometa en la ejecución del acuerdo.
- Fuerza mayor
13.1 Ninguna de las partes está obligada a cumplir con ninguna obligación, incluyendo cualquier obligación de garantía acordada entre las partes, si se ve impedida de hacerlo por causa de fuerza mayor. Fuerza mayor también significa: i) fuerza mayor de los proveedores de los proveedores, ii) no estar en regla
cumplir con las obligaciones de los proveedores que sean prescritas por el cliente al proveedor, (iii) defecto en los bienes, equipo, software o materiales de terceros cuyo uso sea prescrito por el cliente al proveedor, (iv) medidas gubernamentales, (v) falla de electricidad, (vi) interrupción de la Internet, red de computadoras o instalaciones de telecomunicaciones, (vii) guerra, (viii) ocupación del trabajo, (ix) huelga, (x) problemas generales de transporte y (xi) la falta de disponibilidad de uno o más empleados.
13.2 Si una situación de fuerza mayor dura más de noventa días, cada una de las partes tiene el derecho de disolver el acuerdo por escrito. Lo que ya se ha realizado sobre la base del acuerdo se liquidará en ese caso proporcionalmente, sin que las partes se deban mutuamente nada más.
- Cambio y trabajo adicional
14.1 Si, a petición o con el consentimiento previo del cliente, el proveedor ha realizado trabajos u otros servicios que quedan fuera del contenido o alcance de las actividades y/o prestaciones acordadas, estas actividades o prestaciones serán reembolsadas por el cliente de acuerdo con las tarifas acordadas y, en su defecto, de acuerdo con las tarifas habituales del proveedor. El proveedor nunca está obligado a cumplir con dicha solicitud y puede exigir que se celebre un acuerdo escrito por separado para ello.
14.2 El comitente acepta que el trabajo o la ejecución a que se refiere este artículo puede afectar el tiempo acordado o esperado de finalización de los servicios y las responsabilidades mutuas del comitente y del proveedor. El hecho de que durante la ejecución del acuerdo (la demanda de) trabajo adicional ocurra, nunca es una razón para que el cliente termine o disuelva el acuerdo.
14.3 En la medida en que se haya acordado un precio fijo para los servicios, el proveedor informará por escrito al cliente, a petición de éste, de las consecuencias económicas del trabajo o los servicios adicionales a los que se refiere el presente artículo.
- Transferencia de derechos y obligaciones
15.1 El cliente no está autorizado a vender y/o transferir a un tercero los derechos y/o obligaciones del contrato.
15.2 El Proveedor tiene derecho a transferir sus derechos de pago de la indemnización a un tercero.
16 Legislación aplicable y controversias
16.1 Los acuerdos entre el proveedor y el cliente se rigen por el derecho holandés. Se excluye la aplicabilidad de la Convención de Viena sobre la Venta de Mercaderías de 1980.
Términos y Condiciones
Módulo 2 Desarrollo de software
- Aplicabilidad
1.1 Las presentes Condiciones Generales de Contratación se componen del módulo general complementado con uno o más módulos específicos por producto o servicio. Las disposiciones incluidas en el presente módulo se aplican de forma adicional a las disposiciones del módulo general si el proveedor desarrolla el software en nombre del cliente para el cliente o uno o más terceros y posiblemente instala el software.
1.2 Las disposiciones de este módulo están indisolublemente ligadas a las disposiciones del módulo general. En caso de contradicciones entre las disposiciones del módulo general y las disposiciones de este módulo, prevalecerán estas últimas.
- Especificaciones del software
2.1 Si las especificaciones o el diseño del software que se va a desarrollar por o en nombre del cliente no se han facilitado al proveedor antes o en el momento de la celebración del contrato, las partes, en consulta, especificarán por escrito qué software se desarrollará y de qué manera se llevará a cabo el desarrollo. Las partes reconocen que la buena cooperación y la buena comunicación mutua son factores cruciales para la correcta especificación, diseño y desarrollo de los programas informáticos. La cooperación y la comunicación mutua se llevará a cabo en la medida de lo posible con la debida observancia de la organización del proyecto, los acuerdos y/o procedimientos acordados por escrito entre las partes.
2.2 El comitente siempre garantiza la exactitud, integridad y consistencia de los datos, especificaciones y diseños proporcionados al contratista, incluso si estos datos, especificaciones y diseños proceden de un tercero. Las inexactitudes, los incompletos y las inconsistencias son siempre a expensas y riesgo del cliente.
2.3 El proveedor está autorizado, pero no obligado, a investigar la corrección, integridad y coherencia de los datos, especificaciones o diseños puestos a su disposición y a suspender los trabajos acordados hasta que el comitente haya eliminado los defectos en cuestión, en caso de que existan deficiencias. El comitente se compromete a notificar al proveedor las imperfecciones que conozca en las especificaciones o en el diseño del software a desarrollar de la forma más rápida y completa posible.
2.4 Si las partes utilizan un método de desarrollo caracterizado por la premisa de que el diseño y/o el desarrollo de partes del software está sujeto a un establecimiento de prioridades adicional que se determinará durante la implementación del acuerdo con respecto a las especificaciones, este establecimiento de prioridades siempre será una buena consulta entre las partes.
- Desarrollo de software
3.1 El Proveedor desarrollará el software con el debido cuidado, observando las especificaciones o el diseño del software y - si es aplicable - observando la organización del proyecto, los métodos, las técnicas, los acuerdos y/o los procedimientos acordados por escrito con el Cliente. Antes de comenzar el trabajo de desarrollo, el proveedor puede exigir al cliente que acepte total e incondicionalmente las especificaciones o el diseño. El contratista tiene derecho a suspender su trabajo hasta el momento en que el comitente se declare por escrito de forma completa e incondicional con las especificaciones o el diseño.
3.2 El trabajo de desarrollo del proveedor se realiza siempre sobre la base de una obligación de máximo esfuerzo, a menos y en la medida en que el proveedor haya prometido expresamente un resultado en el acuerdo escrito y el resultado en cuestión se haya descrito además con suficiente certeza.
3.3 Si se ha acordado que el desarrollo del software se realizará por fases o si el proveedor utiliza un método de desarrollo basado en una ejecución por fases, el proveedor tiene derecho a posponer el comienzo de los servicios que pertenecen a una fase hasta que el cliente haya aprobado por escrito la fase precedente.
3.4 Salvo que se acuerde por escrito lo contrario, el proveedor no está obligado a seguir las instrucciones oportunas y correctas dadas por el cliente durante la ejecución de los trabajos de desarrollo. El proveedor no está obligado a seguir instrucciones que cambien o complementen el contenido o el alcance de sus obligaciones de actuación. No obstante, si se siguen dichas instrucciones, los trabajos correspondientes se reembolsarán de acuerdo con las tarifas habituales del proveedor.
3.5 Si el acuerdo para el desarrollo de software se ha celebrado con el fin de que lo ejecuten una o más personas concretas, el proveedor siempre tendrá derecho, tras consultar con el cliente, a sustituir a estas personas en el momento que determine el proveedor por una o más personas con las mismas cualificaciones.
3.6 Si así se solicita, el comitente dará al contratista la oportunidad de realizar el trabajo fuera de los días y horas de trabajo habituales en la oficina o en el lugar de trabajo del comitente.
- Entrega e instalación
4.1 El proveedor entregará el software al cliente en el tipo y formato acordado de portadores de información o lo entregará (en línea) utilizando instalaciones de telecomunicación. El proveedor determina el método de entrega.
4.2 Sólo si se acuerda por escrito entre las partes, el proveedor instalará el software en el cliente. A falta de acuerdos expresos en este sentido, el cliente instalará, configurará, parametrizará y ajustará el software por sí mismo y, si es necesario, adaptará el equipo y el entorno de usuario utilizado. A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el proveedor no está obligado a realizar la conversión de datos.
4.3 La entrega de la documentación del usuario se realiza en papel o en formato digital. El proveedor decide la forma y el idioma en que proporciona la documentación de usuario.
- Prueba de aceptación y aceptación
5.1 Si las partes no han acordado que se realice una prueba de aceptación, el cliente acepta el software en el estado en que se encuentra en el momento de la entrega ("tal cual"), por lo tanto con todos los errores y defectos visibles e invisibles, sin perjuicio de las obligaciones del proveedor en virtud de la garantía del artículo 11 de este módulo.
5.2 Si se ha acordado por escrito una prueba de aceptación entre las partes, se aplicarán las disposiciones de los artículos 5.3 a 5.10 de este módulo.
5.3 Cuando en este módulo se hace referencia a "errores", esto significa que no se cumplen sustancialmente las especificaciones funcionales o técnicas expresamente acordadas entre las partes. Un error sólo existe si el cliente puede demostrarlo y si es reproducible. El comitente está obligado a informar inmediatamente al contratista de cualquier error.
5.4 Si se ha acordado una prueba de aceptación, el período de prueba será de catorce días después de la entrega o, si se ha acordado por escrito una instalación a realizar por el proveedor, después de la finalización de la misma. Durante el período de prueba, el cliente no está autorizado a utilizar el software con fines productivos u operativos. El cliente llevará a cabo la prueba de aceptación acordada con personal suficientemente cualificado y con suficiente alcance y profundidad sobre los resultados (provisionales) del trabajo de desarrollo, y comunicará los resultados de la prueba al proveedor por escrito, de forma clara y comprensible.
5.5 Si se ha acordado una prueba de aceptación, el cliente está obligado a comprobar, bajo su responsabilidad total y exclusiva, si el software entregado cumple con las especificaciones funcionales o técnicas que el proveedor ha dado a conocer por escrito y, en el caso del software hecho total o parcialmente a medida, con las especificaciones funcionales o técnicas acordadas por escrito a las partes. A menos que se acuerde lo contrario por escrito, la asistencia prestada por el proveedor o en su nombre al realizar una prueba de aceptación es totalmente a cargo y riesgo del cliente.
5.6 El software será aceptado entre las partes:
- si las partes no han acordado una prueba de aceptación: en el momento de la entrega o, si se ha acordado por escrito una instalación a realizar por el proveedor, en la finalización de la misma, o
- si las partes han acordado una prueba de aceptación: el primer día después del período de prueba, o
- si el proveedor recibe un informe de prueba, como se menciona en el Artículo 5.7, antes de que finalice el período de prueba: en el momento en que se hayan corregido los errores indicados en dicho informe de prueba, sin perjuicio de la presencia de imperfecciones que no impidan la aceptación de conformidad con el Artículo 5.8. A diferencia de ello, el software, si el cliente hace algún uso con fines productivos u operativos antes del momento de la aceptación explícita, se considerará plenamente aceptado desde el inicio de dicho uso.
5.7 Si la prueba de aceptación acordada muestra que el software contiene errores, el comitente informará al proveedor de los mismos mediante un informe de prueba escrito y detallado, a más tardar el último día del periodo de prueba. El Proveedor hará todo lo posible para rectificar las fallas dentro de un período de tiempo razonable, por lo que el Proveedor tiene derecho a instalar soluciones temporales, derivaciones de programas o restricciones para evitar problemas en el software.
5.8 No se podrá denegar la aceptación del software por motivos que no estén relacionados con las especificaciones explícitamente acordadas entre las partes y, además, no debido a la existencia de pequeños errores, es decir, errores que no impidan razonablemente el uso operativo o productivo del software, sin perjuicio de la obligación del proveedor de rectificar estos pequeños errores en el marco del sistema de garantía del artículo 11, en su caso. La aceptación tampoco puede ser denegada debido a aspectos del software que sólo pueden ser evaluados subjetivamente, como los aspectos estéticos y los aspectos relativos al diseño de las interfaces de usuario.
5.9 Si el software se entrega y se prueba en fases y/o partes, la no aceptación de una determinada fase y/o parte no afectará a la aceptación de una fase anterior y/o otra parte.
5.10 La aceptación del software de una de las formas mencionadas en este artículo dará lugar a que el proveedor quede liberado del cumplimiento de sus obligaciones en relación con el desarrollo del software y, si procede, de la instalación por parte del proveedor, de sus obligaciones. relativas a la instalación del software. La aceptación del software no afecta a los derechos del cliente en virtud del artículo 5.8 relativo a los defectos menores y el artículo 11 relativo a la garantía.
- Derecho de uso
6.1 El Proveedor pondrá a disposición del comitente el software desarrollado por encargo del comitente y la documentación de usuario que lo acompaña para su uso.
6.2 Sólo si y en la medida en que se haya acordado por escrito, se pondrá a disposición del cliente el código fuente del software y la documentación técnica creada durante el desarrollo del software, en cuyo caso el cliente tendrá derecho a realizar cambios en dicho software. Si el proveedor está obligado legalmente a poner a disposición del cliente el código fuente y/o la documentación técnica, podrá exigir una compensación razonable.
6.3 Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el proveedor no está obligado a poner a disposición el software auxiliar y las bibliotecas de programas o datos necesarios para el uso y/o mantenimiento del software. Si, como desviación de lo anterior, el proveedor también debe poner a disposición software auxiliar y/o bibliotecas de programas o datos, el proveedor podrá exigir al cliente que celebre un acuerdo escrito por separado para este fin. En caso necesario, esta disponibilidad se cobrará por separado según las tarifas habituales del proveedor.
6.4 A menos que se acuerde lo contrario por escrito, las obligaciones de rendimiento del Proveedor no incluyen el mantenimiento del software y/o la prestación de apoyo a los usuarios del software. Si, como desviación de lo anterior, el proveedor también debe proporcionar mantenimiento y/o soporte, el proveedor puede exigir al cliente que celebre un acuerdo escrito por separado para ello. Estas actividades y servicios se cobrarán por separado a las tarifas habituales del proveedor, si procede.
6.5 Sin perjuicio de lo dispuesto en el módulo general, el derecho a utilizar el software es siempre no exclusivo, no transferible y no sublicenciable.
- Restricciones de uso
7.1 Si el contenido del acuerdo escrito muestra expresamente que todos los costes de diseño y desarrollo corren total y exclusivamente a cargo del cliente, no se aplicarán restricciones al software desarrollado según las instrucciones del cliente, sin perjuicio de lo dispuesto en otras partes del software. condiciones generales, incluidas las disposiciones del artículo 7.6 del presente módulo.
7.2 Si se han acordado restricciones de uso entre las partes, el cliente siempre observará estrictamente las restricciones acordadas en el derecho de uso del software. El Cliente es consciente de que la violación de la restricción de uso acordada conlleva tanto una falta atribuible a la no ejecución del acuerdo con el proveedor como una infracción de los derechos de propiedad intelectual sobre el software. Las restricciones de uso acordadas pueden referirse, entre otras cosas, a
- el tipo o el tipo de equipo para el que está destinado el software, y/o
- el número máximo de unidades de procesamiento para las que está destinado el software, y/o
- ciertas personas - designadas o no por nombre o función, que pueden utilizar el software dentro de la organización del cliente, y/o
- el número máximo de usuarios que pueden - simultáneamente o al mismo tiempo - utilizar el software dentro de la organización del cliente, y/o la ubicación en la que el software puede ser utilizado, y/o
- ciertas formas y propósitos de uso (por ejemplo, uso comercial o uso para fines privados), y/o
- cualquier otra restricción cuantitativa o cualitativa.
7.3 Si las partes han acordado que el software sólo puede utilizarse en combinación con determinados equipos o con un tipo o tipo específico de equipos, el cliente tendrá derecho, en caso de que el equipo en cuestión funcione mal, a utilizar el software durante el tiempo que dure el fallo en otros equipos del mismo tipo. tipo y tipo.
7.4 El contratista puede exigir que el comitente no utilice el software hasta que el comitente haya solicitado y obtenido del contratista, de su proveedor o del fabricante del software uno o varios códigos (contraseñas, códigos de identidad, etc.) necesarios para su uso.
7.5 El cliente nunca eludirá las disposiciones técnicas destinadas a proteger el software contra el uso no autorizado o no autorizado.
7.6 A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el cliente sólo puede utilizar el software en y para el beneficio de su propia empresa u organización. A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el Cliente no utilizará el software para el procesamiento de datos para terceros, como por ejemplo "tiempo compartido", "prestación de servicios de aplicación", "software como servicio" y "externalización".
7.7 El cliente no está autorizado a vender, arrendar, disponer o dar derechos limitados sobre el software y los medios en los que está grabado, ni a ponerlo a disposición de un tercero de cualquier manera o con cualquier propósito. El cliente tampoco dará a un tercero -ya sea o no remotamente- acceso al software o a transferir el software a un tercero para su alojamiento, incluso si el tercero en cuestión utiliza el software únicamente en beneficio del cliente.
7.8 El Cliente, si así lo solicita, concederá inmediatamente su plena cooperación a un estudio a realizar por o en nombre del Proveedor sobre el cumplimiento por parte del Cliente de las restricciones de uso acordadas. El Cliente facilitará al proveedor el acceso a sus edificios y sistemas a la primera solicitud del proveedor. El Proveedor tratará confidencialmente toda la información confidencial que obtenga en el contexto de dicha investigación del o en el Cliente, en la medida en que esta información no se refiera al uso del software en sí.
- Duración del acuerdo
8.1 El software desarrollado en nombre del cliente se pondrá a disposición del cliente durante el tiempo acordado entre las partes. A falta de un plazo acordado entre las partes, la duración del derecho de uso no está limitada en el tiempo y el proveedor no puede rescindir el acuerdo mediante la rescisión, siempre que el cliente cumpla estrictamente todas sus obligaciones derivadas del acuerdo con el proveedor.
8.2 En su caso, el cliente devolverá al proveedor todas las copias del software que estén en su poder inmediatamente después de la finalización del derecho de uso del software. Si las partes han acordado que el cliente destruirá las copias al final del acuerdo, el cliente notificará inmediatamente al proveedor por escrito de dicha destrucción. Al finalizar el derecho de uso o después de él, el contratista no está obligado a prestar asistencia al cliente con vistas a una conversión de datos deseada por el cliente.
- Tarifa para el trabajo de desarrollo
9.1 A falta de un calendario de facturación acordado, todos los importes relacionados con el desarrollo de software son pagaderos en mora por mes natural.
9.2 A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el precio del trabajo de desarrollo incluye la tarifa por el derecho a utilizar el software.
9.3 A menos que se acuerde lo contrario por escrito, los honorarios por el desarrollo del software no incluyen los honorarios por el software auxiliar y las bibliotecas de programas y datos requeridos por el cliente, los servicios de instalación y las modificaciones y/o mantenimiento del software. Tampoco se incluye la cuota de derecho de uso en la prestación de apoyo a los usuarios del software. Estas actividades y servicios se cobrarán por separado a las tarifas habituales del proveedor, si procede.
- Modificación del software
10.1 A menos que se acuerde lo contrario por escrito y sujeto a las excepciones de la ley, el cliente no está autorizado a modificar el software en su totalidad o en parte sin el consentimiento previo por escrito del proveedor. El contratista tiene siempre el derecho de negar el permiso o de poner condiciones a su permiso, incluyendo condiciones sobre la manera y la calidad de la implementación de las modificaciones deseadas por el comitente.
10.2 El comitente corre con todo el riesgo de las modificaciones realizadas por terceros, ya sea con la autorización del contratista o en su nombre.
- Garantía
11.1 El proveedor no garantiza que el software desarrollado según las instrucciones del cliente sea adecuado para el uso real y/o previsto por el cliente. El Proveedor tampoco garantiza que el software funcione sin interrupciones, errores u otros defectos o que todos los errores y defectos sean siempre corregidos.
11.2 El proveedor hará todo lo posible por reparar los errores del software en el sentido del artículo 5.3 de este módulo en un plazo razonable si en un plazo de tres meses después de la entrega o, si se ha acordado una prueba de aceptación entre las partes, en un plazo de tres meses después de la aceptación por escrito y detallada en el proveedor. La reparación se realiza de forma gratuita, a menos que el software haya sido desarrollado por cuenta del cliente, salvo que se trate de un precio fijo, en cuyo caso el proveedor cobrará los costes de la reparación según sus tarifas habituales. El proveedor puede cargar los costes de la reparación según sus tarifas habituales si hay errores de uso o uso indebido por parte del cliente u otras causas no atribuibles al proveedor o si los errores podrían haberse descubierto cuando se realizó la prueba de aceptación acordada. La obligación de reparación se extingue si el cliente realiza cambios o modificaciones en el software sin la autorización por escrito del proveedor, autorización que no se denegará por motivos no razonables.
11.3 Los errores serán reparados en el lugar que determine el proveedor. El proveedor siempre tiene derecho a instalar soluciones temporales o derivaciones de programas o restricciones que eviten problemas en el software.
11.4 El proveedor nunca está obligado a reparar los datos dañados o perdidos.
11.5 El Proveedor no estará obligado a rectificar los errores notificados una vez finalizado el período de garantía mencionado en el artículo 11.2 de este módulo, a menos que se haya celebrado un acuerdo de mantenimiento separado entre las partes que incluya dicho deber de reparación.
- Confidencialidad
12.1 El cliente reconoce que el software es de naturaleza confidencial y que contiene secretos comerciales del proveedor, sus proveedores o el productor del software.
Módulo ASP, Software as a Service y Servicio Informático
- Aplicabilidad
1.1 Las condiciones de Eumedianet para los servicios consisten en el módulo general complementado con uno o más módulos específicos por producto o servicio. Las disposiciones incluidas en el presente módulo se aplican de forma adicional a las disposiciones del módulo General si el proveedor proporciona servicios en el campo o bajo el nombre de Application Service Provision (ASP), Software as a Service (SaaS) y/o Computer Service.
1.2 Las disposiciones de este módulo están indisolublemente ligadas a las disposiciones del módulo general. En caso de contradicciones entre las disposiciones del módulo general y las disposiciones de este módulo, prevalecerán estas últimas.
1.3 A los efectos del presente módulo, por prestación de servicios de aplicación y software como servicio se entiende: poner y mantener disponible el software para el cliente a través de Internet u otra red, sin que se proporcione un soporte físico para el software correspondiente.
1.4 A efectos de este módulo, se entiende por Servicio Informático: el tratamiento automático de datos con ayuda de programas y equipos gestionados por el proveedor.
- Servicios
2.1 El Proveedor proporcionará al Cliente el servicio especificado en el acuerdo entre las partes en el ámbito de la prestación de servicios de aplicación, software como servicio y/o servicio de computación y proporcionará los demás servicios acordados entre las partes. Si el acuerdo también incluye esto, el proveedor instalará el software especificado en el acuerdo en la infraestructura indicada por el proveedor. El proveedor no se responsabiliza de la compra y/o del buen funcionamiento de la infraestructura del cliente o de terceros.
2.2 A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el Cliente es responsable de la gestión, incluyendo el control de las instituciones, el uso del servicio y la manera en que se utilizan los resultados del servicio. El Cliente también es responsable de las instrucciones y el uso de los usuarios, independientemente de si estos usuarios tienen una relación de autoridad con el Cliente. En ausencia de acuerdos expresos sobre este tema, el cliente instalará, configurará, parametrizará, ajustará y, si es necesario, adaptará los equipos utilizados para ello, los equipos auxiliares, otro software (auxiliar) y el entorno de usuario y la interoperabilidad deseada por el cliente.
2.3 Si no se acuerda otra cosa por escrito, el proveedor no está obligado a realizar la conversión de datos.
2.4 Si los servicios al cliente incluyen también el apoyo a los usuarios en base al acuerdo, el proveedor aconsejará por teléfono o por correo electrónico sobre el uso y el funcionamiento del software mencionado en el acuerdo y sobre el uso que se hace del servicio. El proveedor puede establecer condiciones para las calificaciones y el número de personas de contacto que son elegibles para el apoyo. El Proveedor manejará las solicitudes de apoyo debidamente justificadas dentro de un período de tiempo razonable. El proveedor no puede garantizar la exactitud, integridad o puntualidad de las reacciones o el apoyo ofrecido. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el soporte sólo se presta en días laborables durante el horario habitual de apertura del proveedor.
2.5 Si el servicio prestado al cliente sobre la base del contrato incluye también la copia de seguridad de los datos del cliente, el proveedor, con el debido respeto de los plazos acordados por escrito entre las partes, y en su defecto una vez por semana, hará una copia de seguridad completa de los datos personales que obren en su poder. El proveedor conservará la copia de seguridad durante el período que se acuerde entre las partes y, a falta de acuerdos al respecto, durante los períodos habituales en el proveedor. El proveedor tratará el respaldo con cuidado y lo mantendrá como un buen hombre de familia.
2.6 Sólo si se acuerda expresamente por escrito, el proveedor está obligado a disponer de un centro de respaldo u otras instalaciones de contingencia.
- Implementación de servicios
3.1 El Proveedor hará todo lo posible por llevar a cabo los servicios con la debida diligencia, si procede de acuerdo con los acuerdos y procedimientos registrados por escrito con el Cliente. Todos los servicios del proveedor se realizan sobre la base de una obligación de máximo esfuerzo, a menos y en la medida en que el proveedor haya prometido expresamente un resultado en el acuerdo escrito y el resultado en cuestión también se haya descrito con suficiente certeza.
3.2 El Proveedor proveerá los servicios solo a nombre del Cliente. Si el proveedor realiza trabajos con datos de clientes, empleados o usuarios en base a una solicitud o pedido autorizado de un organismo gubernamental o en relación con una obligación legal, todos los costos relacionados serán cargados al cliente.
3.3 El proveedor puede hacer cambios en el contenido o alcance del servicio. Si tales cambios resultan en un cambio en los procedimientos aplicables al cliente, el proveedor informará al cliente tan pronto como sea posible y los costes de este cambio correrán a cargo del cliente. En ese caso, el cliente puede rescindir el acuerdo por escrito antes de la fecha en que el cambio entre en vigor, a menos que dicho cambio esté relacionado con cambios en la legislación pertinente u otros reglamentos o proveedores emitidos por las autoridades competentes, que correrán con los gastos de dicho cambio.
3.4 El proveedor puede continuar la ejecución del servicio utilizando una versión nueva o modificada del software. El proveedor no está obligado a mantener, cambiar o añadir propiedades o funcionalidades específicas del servicio o del software específicamente para el cliente.
3.5 El Proveedor puede poner el servicio temporalmente o completamente fuera de uso para el mantenimiento preventivo, correctivo o adaptativo. El Proveedor no tomará el período de uso fuera de servicio más tiempo del necesario, lo hará fuera de las horas de oficina si es posible y, dependiendo de las circunstancias, comenzará después de la notificación al Cliente.
3.6 En caso de que el proveedor preste sus servicios sobre la base de los datos que debe proporcionar el cliente, esta información será preparada y entregada por el cliente de acuerdo con las condiciones que establezca el proveedor. El Cliente llevará los datos a procesar y recuperará los resultados del procesamiento desde el lugar donde el proveedor realiza el servicio. El transporte y la transmisión, de cualquier forma, se realizarán a cargo y riesgo del cliente, incluso si son realizados o proporcionados por el proveedor. El comitente garantiza que todos los materiales, datos, software, procedimientos e instrucciones que pone a disposición del contratista para la realización del servicio son siempre exactos y completos, y que todos los soportes de información proporcionados al contratista cumplen las especificaciones del mismo.
3.7 Todos los equipos, software y bienes utilizados por el proveedor en la prestación del servicio siguen siendo propiedad o propiedad intelectual del proveedor o de sus proveedores, incluso si el cliente paga una cuota por el desarrollo o la compra por parte del proveedor.
3.8 El contratista nunca estará obligado a poner a disposición del comitente un soporte físico con el software que se pondrá a disposición y se mantendrá a disposición del comitente en el marco de la prestación de servicios de aplicación y/o de servicio como servicio, y el software que utilizará el contratista en el marco de la prestación de servicios informáticos.
- Acuerdo de nivel de servicio
4.1 Los acuerdos sobre el nivel de servicio (Acuerdo de Nivel de Servicio) siempre se acuerdan explícitamente sólo por escrito. El Cliente siempre informará al Proveedor de todas las circunstancias que le afecten sobre el servicio y la disponibilidad del mismo. Si se acuerda un nivel de servicio, la disponibilidad se mide con la exclusión de las paradas preanunciadas debidas al mantenimiento así como a circunstancias que están fuera del control del proveedor y con la debida observancia del servicio en su conjunto durante la vigencia del acuerdo. A menos que haya pruebas en contrario, la disponibilidad y el nivel de servicio medidos por el proveedor se considerarán una prueba completa.
- Duración
5.1 El acuerdo se celebra por la duración acordada entre las partes, a falta de lo cual se aplica un período de un año. La duración del acuerdo se renovará cada vez tácitamente por la duración del período original, a menos que el cliente o proveedor lo rescinda por escrito, observando un plazo de preaviso de tres meses antes de que finalice el período correspondiente.
- Pago
6.1 A falta de un calendario de facturación acordado, todos los importes relativos al servicio prestado por el proveedor son pagaderos por adelantado cada mes natural.
- Garantía
7.1 El proveedor no garantiza que el software que se pondrá a disposición del comitente en el marco de la prestación del servicio de aplicaciones y/o del servicio como servicio, así como el software utilizado por el proveedor en el marco del servicio informático, estén libres de errores y funcionen sin interrupciones. El proveedor se esforzará por reparar los defectos del software dentro de un plazo razonable si y en la medida en que se trate de un software desarrollado por el propio proveedor y los defectos relevantes hayan sido comunicados por escrito al proveedor de forma detallada. Si es necesario, el Proveedor puede posponer la reparación de los defectos hasta que se ponga en marcha una nueva versión del software. El Proveedor no garantiza que los defectos en el software que no haya sido desarrollado por el propio Proveedor sean subsanados. El proveedor tiene derecho a instalar soluciones temporales o derivaciones de programas o restricciones que eviten problemas en el software. Si el software ha sido desarrollado en nombre del cliente, el proveedor puede cobrar los costes de la reparación al cliente según sus tarifas habituales.
7.2 El proveedor no se responsabiliza de la comprobación de la corrección e integridad de los resultados del servicio y de los datos generados mediante el mismo. El Cliente comprobará regularmente los resultados del servicio y los datos generados mediante el propio servicio.
7.3 Si y en la medida en que sea necesario o deseable, el Proveedor deberá, si los defectos en los resultados del Servicio de Computación son resultado directo de los productos, software, soportes de información, procedimientos o procedimientos operativos de los que el Proveedor es expresamente responsable en virtud del Contrato, repetir el Servicio de Computación con el fin de rectificar estas imperfecciones. reparación, siempre que el cliente lo notifique al proveedor por escrito y en detalle lo antes posible, pero a más tardar una semana después de obtener los resultados del Servicio de Computación. Sólo si los defectos del Servicio Informático son imputables al proveedor, la repetición se realizará de forma gratuita. Si los defectos no pueden ser atribuidos al proveedor y/o los defectos son el resultado de fallos o imperfecciones del cliente, como el suministro de datos y/o información incorrectos o incompletos, el proveedor cargará los costes de una posible repetición según sus tarifas habituales. cliente. Si, en opinión del proveedor, la reparación de los defectos atribuibles al proveedor no es técnica o razonablemente posible, el proveedor acreditará las cantidades adeudadas por el cliente por el servicio informático correspondiente, sin ser responsable o tener que responder de otra manera ante el cliente. El Cliente no tendrá ningún otro derecho por defectos en el Servicio Informático que los descritos en este esquema de garantía. Este párrafo no se aplica explícitamente a la Provisión de Servicios de Aplicación y al Software como un Servicio.
7.4 En base a la información proporcionada por el proveedor sobre las medidas para prevenir y limitar las consecuencias de las averías, defectos en los servicios, mutilaciones o pérdidas de datos u otros incidentes, el cliente identificará los riesgos para su organización y tomará medidas adicionales si fuera necesario. A petición del cliente, el contratista declara que está dispuesto a cooperar de forma razonable en relación con otras medidas del cliente contra las condiciones (financieras) impuestas por el contratista. El proveedor nunca es responsable de la reparación de datos mutilados o perdidos.
7.5 El proveedor no garantiza que el software que se pondrá a disposición del comitente en el marco de la prestación del servicio de aplicación y/o del servicio como servicio, así como el software utilizado por el proveedor en el marco del servicio informático, se adapte oportunamente a los cambios de la legislación y de la normativa vigente.
- Tratamiento de los datos personales
8.1 El Cliente garantiza que se cumplen todos los requisitos para el procesamiento legal de los datos personales introducidos por el Cliente en el Software puesto a su disposición en los términos de la prestación del servicio de aplicación y/o del servicio como servicio, así como del software utilizado por el proveedor en el contexto del servicio informático.
8.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en el módulo General, la responsabilidad de los datos que el cliente procesa en el Cliente que utiliza el servicio es total. El comitente garantiza al proveedor que los datos no son ilegales y que no infringen los derechos de terceros. El cliente exime al proveedor de cualquier reclamación legal de terceros, por cualquier motivo, en relación con el tratamiento de estos datos o la ejecución del contrato.
8.3 En virtud de la legislación relativa al tratamiento de datos personales (como la Ley de Protección de Datos Personales), el Cliente tiene obligaciones frente a terceros, como la obligación de proporcionar información, así como de dar acceso, corregir y eliminar los datos personales de los interesados. La responsabilidad del cumplimiento de estas obligaciones recae total y exclusivamente en el cliente. Las partes sostienen que el proveedor es "procesador" en el sentido de la Ley de Protección de Datos Personales con respecto al procesamiento de datos personales. El cliente deberá, en la medida de lo técnicamente posible, cooperar con las obligaciones a cumplir por el cliente. Los costes asociados a esta cooperación no están incluidos en los precios y honorarios acordados del proveedor y se cargan en su totalidad al cliente.
Software de mantenimiento de módulos
- Aplicabilidad
1.1 Las Condiciones de TIC ~ Oficina consisten en el módulo General complementado con uno o más módulos específicos por producto o servicio. Las disposiciones incluidas en el presente módulo se aplican además de las disposiciones del módulo general si el proveedor presta servicios en el ámbito del mantenimiento de los programas informáticos.
1.2 Las disposiciones de este módulo están indisolublemente ligadas a las disposiciones del módulo general. En caso de contradicciones entre las disposiciones del módulo general y las disposiciones de este módulo, prevalecerán estas últimas.
- Servicios
2.1 El Proveedor se encargará del mantenimiento del software determinado en el acuerdo entre las partes. La obligación de mantenimiento incluye la reparación de errores en el software de acuerdo con el artículo 3 de este módulo y -sólo si se ha acordado por escrito entre las partes- la puesta a disposición de nuevas versiones del software de acuerdo con el artículo 4 de este módulo.
2.2 A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el proveedor no está obligado a realizar la conversión de datos.
2.3 Si los servicios prestados por el proveedor sobre la base del acuerdo también incluyen el apoyo a los usuarios del software, el proveedor asesorará por teléfono o por correo electrónico sobre el uso y el funcionamiento del software mencionado en el acuerdo. El proveedor puede establecer condiciones para las calificaciones y el número de personas de contacto que son elegibles para el apoyo. El Proveedor manejará las solicitudes de apoyo debidamente justificadas dentro de un período de tiempo razonable de acuerdo con los procedimientos habituales. El proveedor no garantiza la exactitud, integridad o puntualidad de las reacciones o el apoyo ofrecido. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el soporte sólo se presta en días laborables durante el horario habitual de apertura del proveedor.
2.4 Si los servicios prestados por el proveedor en virtud del contrato incluyen también la prestación de los denominados "servicios de reserva", el proveedor mantendrá a uno o más miembros del personal disponibles durante los días y horas indicados en el contrato. En ese caso, el Cliente tiene derecho a llamar al soporte de los miembros del personal disponibles si hay un fallo grave en el funcionamiento del software. El proveedor no garantiza que en ese caso todos los fallos sean subsanados a tiempo.
2.5 El mantenimiento y los demás servicios acordados se llevarán a cabo a partir del día en que se celebre el contrato.
- Implementación de servicios
3.1 El contratista hará todo lo posible por ejecutar el servicio con cuidado, si es necesario de acuerdo con los acuerdos y procedimientos registrados por escrito con el comitente. Todos los servicios del proveedor se llevan a cabo sobre la base de la obligación de hacer el mejor esfuerzo posible, a menos y en la medida en que el proveedor haya prometido explícitamente un resultado en el acuerdo escrito y el resultado en cuestión se haya definido suficientemente.
3.2 El cliente encontrará errores en el software
informe en detalle. Una vez recibido el informe, el proveedor hará todo lo posible, de acuerdo con sus procedimientos habituales, para reparar los errores y/o realizar mejoras en las nuevas versiones posteriores del software. Dependiendo de la urgencia, los resultados se pondrán a disposición del cliente en la forma y plazo que determine el proveedor. El proveedor tiene derecho a instalar soluciones temporales o derivaciones de programas o restricciones que eviten problemas en el software. A falta de acuerdos expresos al respecto, el cliente instalará, configurará, parametrizará y ajustará el software corregido o la nueva versión del software que se haya puesto a su disposición y, si es necesario, adaptará los equipos y el entorno operativo utilizados. El proveedor no garantiza que el software funcionará sin interrupciones, errores o defectos o que todos los errores o defectos serán corregidos.
3.3 Si el proveedor realiza el mantenimiento en línea, el cliente deberá por su parte garantizar a tiempo una infraestructura adecuada y las instalaciones de telecomunicación. El proveedor tiene derecho a suspender o limitar el mantenimiento si la infraestructura y las instalaciones de telecomunicaciones del cliente no cumplen los requisitos establecidos por el proveedor.
3.4 El Cliente prestará toda la cooperación requerida por el Proveedor para el mantenimiento, incluyendo la suspensión temporal del uso del software por parte del Cliente si esto es necesario en opinión del Proveedor. En ausencia de la cooperación requerida, el proveedor puede suspender o limitar el mantenimiento. Si el proveedor presta servicios sobre la base de los datos que debe proporcionar el cliente, esta información será preparada por el cliente de acuerdo con las condiciones establecidas por el proveedor y será proporcionada por cuenta y riesgo del cliente. El comitente garantiza que todos los materiales, datos, software, procedimientos e instrucciones que pone a disposición del contratista para la realización del servicio son siempre exactos y completos, y que todos los soportes de información proporcionados al contratista cumplen las especificaciones del mismo.
3.5 Si el mantenimiento se refiere a un software que no ha sido entregado al cliente por el proveedor, éste, si lo considera útil, necesario o deseable para el mantenimiento, deberá entregar el código fuente y la documentación técnica (de desarrollo) del software (incluidos los modelos de datos, diseños, registros de cambios, etc.). El Cliente garantiza que tiene derecho a tal publicación y que no hay derechos de terceros que se opongan a ello. El comitente concede al contratista el derecho a utilizar y modificar el software, incluyendo el código fuente y la documentación técnica (de desarrollo), en el contexto de la realización del mantenimiento acordado. El comitente exime al proveedor de todas las reclamaciones de terceros en relación con la disponibilidad y el uso que el proveedor hace para el mantenimiento de la misma.
3.6 El mantenimiento por parte del proveedor no afecta a la propia responsabilidad del cliente en la gestión del software, incluyendo la supervisión de los ajustes, el uso del software y la forma en que se utilizan los resultados del uso del software. El Cliente también es responsable de las instrucciones y el uso de los usuarios, independientemente de si estos usuarios tienen una relación de autoridad con el Cliente. A falta de acuerdos expresos en este sentido, el cliente instalará (configurará) el software por sí mismo, configurará, parametrizará, ajustará y, si es necesario, ajustará el equipo utilizado, otro software y el entorno de usuario y realizará la interoperabilidad deseada por el cliente.
- Nuevas versiones del software
4.1 El mantenimiento incluye el suministro de nuevas versiones del software sólo si y en la medida en que esto se haya acordado por escrito. Si el mantenimiento incluye el suministro de nuevas versiones del software, entonces esa disponibilidad se llevará a cabo a discreción del proveedor.
4.2 Transcurridos tres meses desde la puesta a disposición de una versión mejorada, el proveedor ya no está obligado a reparar los errores de la versión anterior ni a prestar asistencia y/o mantenimiento con respecto a una versión anterior.
4.3 El Proveedor podrá exigir que se celebre un nuevo acuerdo por escrito con el Proveedor para la provisión de una versión con nuevas posibilidades y funciones y que se pague un nuevo honorario por la provisión. El proveedor puede asumir la funcionalidad de una versión anterior del software, pero no garantiza que cada nueva versión contenga la misma funcionalidad que la versión anterior. El proveedor no está obligado a mantener, modificar o añadir características o funcionalidades específicas del software específicamente para el cliente.
4.4 El Proveedor puede exigir al comitente que ajuste su sistema (hardware, software, etc.) si ello es necesario para el correcto funcionamiento de una nueva versión del software.
- Acuerdo de nivel de servicio
5.1 Los acuerdos sobre el nivel de servicio (Acuerdo de Nivel de Servicio) siempre se acuerdan explícitamente sólo por escrito. El Cliente siempre informará al Proveedor de todas las circunstancias que puedan afectar el servicio y la disponibilidad del mismo. Si se llega a un acuerdo sobre el nivel de servicio, la disponibilidad se mide con la exclusión de las paradas previamente anunciadas debido al mantenimiento, así como a circunstancias que están fuera del control del proveedor y con la debida consideración del servicio en su conjunto durante la vigencia del acuerdo. A menos que haya pruebas en contrario, la disponibilidad medida por el proveedor se considerará una prueba completa.
- Duración
6.1 El acuerdo se celebra por la duración acordada entre las partes, a falta de lo cual se aplica un período de un año. La duración del acuerdo se renovará cada vez tácitamente por la duración del período original, a menos que el cliente o proveedor lo rescinda por escrito, observando un plazo de preaviso de tres meses antes de que finalice el período correspondiente.
- Pago
7.1 A falta de un calendario de facturación expresamente acordado, todos los importes relacionados con el mantenimiento del software y cualquier otro servicio registrado en el contrato son siempre pagaderos por adelantado por mes natural.
7.2 Los importes relacionados con el mantenimiento del software y cualquier otro servicio especificado en el contrato deben abonarse desde el inicio del mismo. La compensación por el mantenimiento y cualquier otro servicio estipulado en el acuerdo se debe independientemente de si el cliente ha utilizado el software (o lo ha tomado) o hace uso de la posibilidad de mantenimiento.
- Exclusiones
8.1 El mantenimiento del software no incluye la reparación de errores, defectos o imperfecciones que son consecuencia de o están relacionados con:
- errores de usuario o uso inadecuado del software, incluyendo fallos en la introducción de datos o en los propios datos;
- modificación del software que no sea por o en nombre del proveedor;
- el uso del software en violación de las condiciones aplicables o contrario a las instrucciones de la documentación del usuario;
- cambios o fallos, defectos o desperfectos en el equipo o en otro software que no sea el que está bajo el mantenimiento del proveedor;
- la falta de mantenimiento del software por parte del cliente a tiempo;
- el uso de una versión antigua del software que ya no es mantenida por el proveedor;
- recuperación de datos corruptos o perdidos;
- otras causas no imputables al proveedor.
8.2 Si el proveedor realiza el mantenimiento o lleva a cabo otros trabajos en relación con las disposiciones del artículo 8.1, el proveedor podrá cobrar los costes de dicho mantenimiento o trabajo de acuerdo con sus tarifas habituales, lo que no afecta al resto debido al mantenimiento por parte del cliente.
Módulo: Equipo de entrega
- Aplicabilidad
1.1 Las Condiciones de Eumedianet consisten en el módulo general complementado con uno o más módulos específicos por producto o servicio. Las disposiciones incluidas en el presente módulo se aplican además de las disposiciones del módulo general si el proveedor presta servicios en la esfera del mantenimiento de equipo de TIC, telecomunicaciones y de oficina (en adelante denominado "el equipo").
1.2 Las disposiciones de este módulo están indisolublemente ligadas a las disposiciones del módulo general. En caso de contradicciones entre las disposiciones del módulo general y las disposiciones de este módulo, prevalecerán estas últimas.
- Servicios
2.1 El Proveedor se encargará del mantenimiento de los equipos especificados en el contrato. El mantenimiento por parte del proveedor no afecta a la responsabilidad del cliente en cuanto a la gestión, incluyendo el control de las instituciones, el uso del equipo y la forma en que se utiliza el equipo. El Cliente también es responsable de las instrucciones y el uso de los usuarios, independientemente de si estos usuarios tienen una relación de autoridad con el Cliente.
2.2 El Proveedor no acepta obligaciones de mantenimiento para equipos que no estén redactados en los Países Bajos, a menos que se acuerde lo contrario por escrito.
2.3 Durante el tiempo que el proveedor tenga el equipo a mantener, el cliente no tendrá derecho a un equipo de sustitución temporal.
- Implementación de servicios
3.1 El Proveedor hará todo lo posible por llevar a cabo los servicios con la debida diligencia, si procede de acuerdo con los acuerdos y procedimientos registrados por escrito con el Cliente. Todos los servicios de mantenimiento del proveedor se realizan sobre la base de una obligación de máximo esfuerzo, a menos y en la medida en que el proveedor haya prometido explícitamente un resultado en el acuerdo escrito y el resultado en cuestión también se haya descrito con suficiente certeza.
3.2 El contenido y el alcance de los servicios de mantenimiento que debe prestar el proveedor y los niveles de servicio asociados se establecerán en un acuerdo escrito entre las partes. En su defecto, el proveedor está obligado a hacer todo lo posible por rectificar los fallos debidamente comunicados por el cliente al proveedor en un plazo razonable. En este módulo, se entiende por "fallo" el incumplimiento o no sin interrupción de las especificaciones del equipo que el proveedor ha dado a conocer expresamente por escrito. Un fallo sólo existe si el cliente puede probarlo y puede ser reproducido. Salvo que se acuerde lo contrario, el proveedor también tiene derecho, pero no está obligado, a un mantenimiento preventivo.
3.3 El cliente deberá, inmediatamente después de la aparición de un fallo en el equipo, informar al proveedor mediante una descripción detallada del fallo elaborada por un cliente experto del cliente.
3.4 El Cliente otorgará toda la cooperación requerida por el Proveedor para el mantenimiento, incluyendo la suspensión temporal del uso del equipo. El cliente está obligado a dar al personal del proveedor o a los terceros designados por el proveedor acceso al lugar donde se encuentra el equipo, a proporcionar toda la cooperación necesaria y a poner el equipo a disposición del proveedor para su mantenimiento. En ausencia de la cooperación requerida, el proveedor puede suspender o limitar el mantenimiento. Si el proveedor realiza servicios de mantenimiento en base a los datos que debe proporcionar el cliente, esta información será preparada por el cliente de acuerdo con las condiciones establecidas por el proveedor y será proporcionada por cuenta y riesgo del cliente.
3.5 Antes de ofrecer el equipo al proveedor para su mantenimiento, el cliente deberá asegurarse de que todo el software y los datos registrados en el equipo o en su interior se han convertido en una copia de reserva completa y en buen estado de funcionamiento. Queda excluida toda responsabilidad del proveedor por la mutilación o pérdida de datos o software como resultado del mantenimiento o por no aconsejar al cliente que haga una copia de seguridad.
3.6 A petición del proveedor, un empleado experto del cliente estará presente para asesorarle durante los trabajos de mantenimiento. El cliente tiene derecho a estar presente en todos los trabajos que se realicen para el cliente.
3.7 El comitente está autorizado a conectar equipos y sistemas no suministrados por el contratista con los equipos vendidos al comitente y a instalar software no suministrado por el contratista. Los gastos de investigación y rectificación de los fallos derivados de la conexión de equipos no suministrados por el proveedor o de la instalación de software no suministrado por el proveedor, corren a cargo del cliente.
3.8 Si en opinión del Proveedor
para el mantenimiento del equipo es necesario que las conexiones del equipo sean probadas con otros equipos o con software, el Cliente pondrá a disposición del Proveedor los otros equipos y software relevantes, así como los procedimientos de prueba y los portadores de información. El comitente garantiza que tiene derecho a tal anuncio y exime al contratista de todas las reclamaciones de terceros con respecto a dicha disponibilidad y al uso que el contratista hace en relación con el mantenimiento de los equipos y/o el software puesto a disposición.
3.9 El material de prueba necesario para el mantenimiento que no pertenezca al equipo normal del proveedor deberá ser puesto a disposición por el cliente.
3.10 El cliente es responsable de las instalaciones técnicas, espaciales y de telecomunicaciones necesarias para que el equipo funcione. El mantenimiento no se extiende explícitamente a las instalaciones y conexiones mencionadas.
3.11 Si el servicio prestado por el proveedor en virtud del contrato incluye también la prestación de los denominados "servicios de reserva", el
El proveedor mantendrá a uno o más miembros del personal disponibles durante los días y horas indicados en el acuerdo. En ese caso, el Cliente tiene derecho a recurrir al apoyo de los miembros del personal disponibles si se produce una urgencia o si se produce una interrupción grave del funcionamiento del equipo. El proveedor no garantiza que en ese caso todos los fallos sean subsanados.
- Acuerdo de nivel de servicio
4.1 Los acuerdos sobre el nivel de servicio (Acuerdo de Nivel de Servicio) siempre se acuerdan explícitamente sólo por escrito. El Cliente siempre informará al Proveedor de todas las circunstancias que le afecten
4.2 puede influir en el servicio y su disponibilidad. Si se llega a un acuerdo sobre un nivel de servicio, la disponibilidad se mide con la exclusión de la notificación previa de la parada por mantenimiento así como de las circunstancias que están fuera del control del proveedor y con la debida observancia del servicio en su conjunto durante la vigencia del acuerdo. Sujeto a pruebas, la disponibilidad medida por el proveedor se considerará como prueba completa.
- Duración
5.1 El acuerdo se celebra por la duración acordada entre las partes, a falta de lo cual se aplica un período de un año. La duración del acuerdo se renueva cada vez tácitamente por la duración del período original, a menos que el cliente o proveedor lo rescinda por escrito con el debido respeto de un plazo de preaviso de tres meses antes de que finalice el período correspondiente.
- Cuota de mantenimiento y pago
A menos que se acuerde lo contrario, la cuota de mantenimiento no está incluida:
- los costos de (reemplazo) consumibles como baterías, sellos, tinta (cartuchos), artículos de tóner, cables y accesorios.
- los costes de (sustitución) de las piezas, así como los servicios de mantenimiento para la reparación de los fallos que son causados total o parcialmente por intentos de reparación por parte de otros proveedores;
- trabajar para la revisión completa o parcial del equipo;
- modificaciones en el equipo;
- reubicación, traslado, reinstalación de equipos o trabajo como resultado de los mismos.
6.1 A falta de un calendario de facturación expresamente acordado, todos los importes relativos al mantenimiento de los equipos serán pagaderos en mora por mes natural. El proveedor puede exigir un pago por adelantado.
6.2 Salvo que se acuerde lo contrario, las cantidades para el mantenimiento son pagaderas desde el inicio del acuerdo en el que se ha acordado el mantenimiento respectivo del equipo.
La compensación por el mantenimiento se debe independientemente de si el cliente ha utilizado el equipo (tomado) o hace uso de la instalación de mantenimiento.
- Exclusiones
7.1 Las actividades debidas a la investigación o a la rectificación de averías que resulten de o en relación con errores de uso, uso indebido del equipo o causas externas, tales como defectos en las líneas de comunicación, conexiones de red o en las instalaciones de voltaje, o conexiones a equipos, software o materiales que no entran en el acuerdo de mantenimiento no forman parte de las obligaciones del proveedor en virtud del acuerdo de mantenimiento.
7.2 Las obligaciones de mantenimiento del Proveedor tampoco cubren ninguna investigación o rectificación de averías que sean el resultado o estén relacionadas con la modificación del equipo que no sea por o en nombre del proveedor, el uso del equipo en violación de las condiciones aplicables y la falta de actuación del cliente. para que el equipo sea mantenido a tiempo.
7.3 Salvo que se acuerde lo contrario, las obligaciones de mantenimiento del Proveedor tampoco investigarán o rectificarán las fallas que resulten del software instalado en el equipo o que estén relacionadas con él.
7.4 Si el Proveedor realiza una investigación y/o un mantenimiento en relación con las disposiciones del Artículo 7.1, 7.2 y 7.3, el Proveedor puede cobrar los costes de dicho mantenimiento de acuerdo con sus tarifas habituales, lo cual no afecta a todo aquello por lo que el comitente es responsable del mantenimiento.
7.5 El Proveedor nunca estará obligado a reparar los datos que se hayan mutilado o perdido como consecuencia de fallos de funcionamiento y/o mantenimiento.
- Miscelánea
8.1 El Proveedor no garantiza que los equipos que se van a mantener funcionen sin interrupciones u otros defectos o que todos los defectos sean corregidos.
8.2 El comitente correrá el riesgo de pérdida, robo o daño de los equipos durante el periodo en que el contratista los tenga para realizar los trabajos de mantenimiento. Se deja al cliente la responsabilidad de asegurar este riesgo.